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SISTEMA DE EVALUACION DEL DESEMPEÑO 2002

“Estímulos y Recompensas”

 

 

C  O  N  V  O  C  A  T  O  R  I   A

A los Trabajadores de base y confianza de la Secretaría de Turismo

 

 

La Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles establece que anualmente se deberá realizar un reconocimiento público a los trabajadores del Estado considerando el desempeño sobresaliente en las actividades o funciones que les han sido asignadas, así como, por cualquier acto excepcional que redunde en beneficio del servicio al que estén adscritos.

También ofrece la oportunidad a todos los trabajadores, de base y de confianza del Gobierno Federal, de participar por la candidatura al Premio Nacional de Administración Pública.

En tales consideraciones la Secretaría de Turismo con base en lo dispuesto por la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles; y  la Norma USC-EST02-2001, emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

 

CONVOCA

A participar y presentar propuestas de candidatos a Estímulos y   Recompensas o para obtener la postulación de esta Secretaría de Turismo al Premio Nacional de Administración Pública 2002.

Los premios consistirán en:

 

ESTÍMULOS: 10 días de vacaciones extraordinarias, sin pago adicional y constancia, para cada uno de los trabajadores que hayan sido seleccionados en cada unidad administrativa, con nivel inferior al de Jefe de Departamento.

RECOMPENSAS: La cantidad de $6,480.00 y diploma para cada uno de los trabajadores seleccionados en cada unidad administrativa, con nivel inferior al de Jefe de Departamento.

PREMIO: La cantidad de $12,960.00 para el trabajador que haya destacado en la elaboración de estudios o trabajos que impliquen aportaciones significativas en la mejora continua de la función pública de esta Secretaría.

 

B  A  S  E  S

I.    Podrán obtener Estímulos y Recompensas o participar como Candidatos al Premio Nacional de Administración Pública, los Servidores Públicos cuyas relaciones laborales se rigen por el apartado “B” del Artículo 123 Constitucional.

II.  Sólo podrán recibir Estímulos y Recompensas, los servidores públicos de base y de confianza del nivel 2 al 27C del tabulador de percepciones para el personal operativo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Las propuestas de candidatos podrán ser realizadas por los superiores   jerárquicos, la representación sindical o los compañeros de trabajo. 

III.                 Los Estímulos y Recompensas se otorgarán a los trabajadores que obtengan las puntuaciones más altas en el proceso de Evaluación del Desempeño 2002, considerando el periodo entre el 1° de julio de 2001 al 30 de junio de 2002, y que se hayan destacado en alguna de la siguientes áreas:

a)   Desempeño sobresaliente de las actividades encomendadas.

b)   Aportaciones destacadas en actividades relativas al programa de reforma administrativa.

c)   Elaboración de estudios e iniciativas que aporten notorios beneficios para el mejoramiento de la Administración Pública Federal.

d)   Iniciativas valiosas o ejecución destacada en materia técnica jurídica.

e)   Iniciativas valiosas o ejecución destacada en materia de financiamiento de proyectos o programas.

f)    Iniciativas valiosas o ejecución destacada en materia de sistemas de consumo, mantenimiento de equipos, aprovechamiento máximo de recursos humanos, materiales y otras aportaciones análogas.

g)     Estudios y labores de exploración, descubrimiento, invención o creación en los campos técnico o científico, que redunden en notorios beneficios para la Administración Pública o para la Nación.

 

 

 

El servidor público que se haya destacado en alguna de las acciones descritas en los incisos del b) al g) de estas Bases, deberá acompañar su trabajo por escrito, en original y dos copias.

 

IV.                 Se constituirá un Comité de Evaluación para cada Unidad Administrativa de la Secretaría de Turismo, mismo que será  integrado por:

a)       El Titular de la Unidad Administrativa, quién lo presidirá y tendrá voto de calidad.

b)       El Coordinador Administrativo de la Subsecretaría correspondiente, quien fungirá como Secretario Técnico.

c)       Un representante de la Dirección de Recursos Humanos.

d)       Un representante Sindical.

V.           La evaluación de los trabajadores de la Secretaría se llevará a cabo mediante “Cédulas de Evaluación del Desempeño”, las cuales deberán ser requisitadas por funcionarios públicos con nivel de Jefe de Departamento ó superior, quienes deberán calificar a todo el personal operativo de nivel 2 al 27C de la Dependencia, independientemente de que no sean propuestos para recibir algunos de los incentivos relacionados con esta Convocatoria.

VI.   La Cédula mencionada en el párrafo anterior será distribuida por las Unidades Administrativas a los funcionarios públicos, para que evalúe a los trabajadores de base y de confianza. De igual forma las Unidades Administrativas remitirán las Cédulas requisitadas a los Comités de Evaluación que les corresponden, a más tardar el 19 de Agosto con las firmas de conformidad del trabajador de que se trate, de su jefe inmediato y del superior jerárquico de éste.

VII.  Las propuestas para recibir Estímulos y/o Recompensas se deberán formular ante los Comités de Evaluación, a través de la “Forma de Propuesta para Estímulo y/ó Recompensa”, mismas que se recibirán a más tardar el 19 de agosto. 

VIII.     Los Comités de Evaluación, previo análisis, proporcionarán a la Comisión Evaluadora de la Secretaría de Turismo, los expedientes de aquellos servidores públicos que hayan sido designados para otorgarles Estímulos y harán propuesta de aquéllos que consideren idóneos para recibir Recompensas.

En ningún caso un mismo trabajador podrá beneficiarse con un Estímulo y una Recompensa a la vez.

Los servidores públicos para ser beneficiados con una Recompensa, deberán documentar las aportaciones que se señalen en la Cédula de Evaluación del Desempeño 2002 ó, en su caso, elaborar un trabajo relacionado con alguna de las metas que se hayan concertado.

IX.    Los Comités de Evaluación podrán proponer ante la Comisión Evaluadora precandidatos al Premio Nacional de Administración Pública, a más tardar el 17 de septiembre del presente.

X.     La Comisión Evaluadora revisará y, en su caso ratificará, a los trabajadores que se hagan acreedores a los Estímulos y seleccionará a los merecedores a Recompensas. Estos acuerdos se notificarán a los Comités de Evaluación quienes los harán extensivos a los interesados.

XI.          La Comisión Evaluadora podrá postular al candidato de la Secretaría de Turismo al Premio Nacional de Administración Pública de entre los ganadores de las Recompensas, así como de la revisión de todas las propuestas y trabajos recibidos, de acuerdo a la norma específica vigente, y notificará al trabajador seleccionado. En caso de no recibirse trabajos con la calidad requerida, la candidatura se declarará desierta.

XII.        El otorgamiento de los Estímulos y la entrega de las Recompensas se efectuará en la Ceremonia de Abanderamiento del contingente que represente a la Secretaría de Turismo en el Desfile Deportivo Conmemorativo del 20 de Noviembre , o bién en Acto Solemne al interior de la  misma.

XIII.      Lo no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por la Comisión Evaluadora.

XIV.     Las decisiones de la Comisión Evaluadora de la Secretaría de Turismo serán inapelables.

 

 

México D. F. Julio del 2002

 

 

 

LA COMISIÓN EVALUADORA

DE LA SECRETARÍA DE TURISMO

 

INFORMACIÓN: Departamento de Capacitación.  (55) 2581-1600 Ext. 5029 México, D.F. Internet  www.sectur.gob.mx  Intranet  http://desarrollo/evaluacion2002